¿Se podría suspender la autonomía vasca?
Ante la propuesta de referéndum de independencia de Ibarretxe, lanzo la siguiente pregunta ¿Deberíamos usar el artículo 155.1 de la Constitución?
«155.1 Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.»
5 Comments:
Más bien lo que hay que cambiar es la constitución.
Efectivamente, me parece una causa justificada para tal actuación, porque sino... ¿cual fuera?
Mejor usa el artículo 8º en su parrafo 1º.
Querido Raul plegozuelo: Reformemos la Cosntitción al gusto del Gobierno de turno o de los gobiernos naionalistas de turno que gobiernan España sin creer en España, en la solidaridad entre los pueblos que esta representa y que se manifiesta a lo largo de todo el texto articulado de la Constitución española de 1978 que no es sino, aparte de Lex Superior armonizadora y fuente en el desarrollo de la demás normativa, reformémoslas como hace el socio de Zapatero, Hugo Chaves, politicémosla olvidando su naturaleza y creemos una constitución excluyente . Algunas personas de la izquierda aún no se han sacudido de encima el caráter totalitario de el socialismo rancio en el que creen.
Al anónimo de ayer:
Primero, use el Gobierno el Art. 155.1.
Si esa medida no resulta, use el EJERCITO el Art. 8.1.
Creo que nuestro Ejército debe estar para algo más que para repartir caramelos, agua y medicinas por esos mundos de Dios..
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